¿Tienes alguna duda sobre la desgravación de las donaciones?
Si has decidido hacerte socio o hacer un donativo puntual, te informamos aquí de cuánto desgravan las donaciones puntuales y por cuotas regulares de socio:
SI ERES UN PARTICULAR
Los primeros 250 € desgravan el 80%. Por ejemplo, si donas 20 € al mes, un total de 240 € al año, podrás deducirte 192 € en tu declaración de la renta. Esto supone un ahorro fiscal de 192 €, ya sea aumentando la devolución o reduciendo el importe a pagar, por lo que el coste real de la donación será de solo 48 €.
Todo lo que dones a partir de 250 € desgravará el 40%. Por ejemplo, si donas 30 € al mes (360 € al año), los primeros 250 € se deducirán al 80% y los 110 € restantes al 40%. En total, podrás deducirte 244 € en tu declaración de la renta, por lo que el coste real de tu donación en este caso será de 116 €.
Tu compromiso continuado tiene más ventajas
Si durante los dos años anteriores ya has realizado donaciones a nuestra asociación por un importe igual o superior cada año, el porcentaje de deducción sobre el importe que exceda de 250 € se incrementará del 40% al 45%.
Nota: Las deducciones indicadas corresponden al régimen fiscal estatal. Si tu residencia fiscal se encuentra en el País Vasco o en Navarra, la deducción aplicable se regirá por la normativa de la Hacienda Foral correspondiente.
¿Puedo desgravar si hago varias donaciones puntuales durante el año?
Sí. La deducción se calcula sobre el importe total donado durante el año natural, con independencia del número o frecuencia de las donaciones realizadas.
¿Las donaciones realizadas mediante Bizum también desgravan?
Sí. Las donaciones realizadas por Bizum, transferencia bancaria o domiciliación pueden beneficiarse de la deducción fiscal, siempre que dispongamos de los datos fiscales necesarios para comunicarlas a la Agencia Tributaria.
¿Tengo que hacer algún trámite para desgravar mi donación?
Si nos has facilitado tu cuenta y tienes domiciliadas las cuotas, no tienes que solicitar ningún certificado ni hacer ningún trámite. Nosotros nos encargamos de contabilizar todas las donaciones realizadas y de comunicarlas a la Agencia Tributaria para que aparezcan en tu declaración de la renta.
Si la donación la haces a través de Bizum o por transferencia, es necesario que nos solicites el certificado fiscal de la donación y a tal efecto tendrás que facilitarnos tu nombre y apellidos, NIF o DNI, domicilio fiscal, importe de la donación y fecha en la que la realizaste. Una vez verificados los datos, los comunicaremos a la Agencia Tributaria para que puedas beneficiarte de la deducción fiscal correspondiente.
Para hacer la solicitud, pulsa aquí.
Tus datos quedarán registrados en nuestra base de datos y podremos incluir tu donación en la declaración informativa que presentamos anualmente a la Agencia Tributaria.
Puedes facilitarnos esta información en cualquier momento (especialmente si no tienes previsto realizar más donaciones durante el resto del año). No obstante, es imprescindible que lo hagas antes del 15 de enero del año siguiente, ya que la fecha límite para que presentemos la información fiscal correspondiente ante la Agencia Tributaria es el primer día laborable de febrero.
¿Qué ocurre si he donado por Bizum o transferencia y solicito el certificado fiscal de mis donaciones fuera de plazo?
Si no nos facilitaste tus datos fiscales dentro del plazo establecido y deseas beneficiarte de la deducción fiscal por las donaciones realizadas a nuestra asociación, podremos comunicar tu donación a la Agencia Tributaria y emitir el correspondiente certificado fiscal, aunque sea fuera de plazo.
No obstante, la presentación extemporánea de esta información puede dar lugar a una sanción por parte de la Agencia Tributaria. En ese caso, te solicitaremos nos ayudes con el abono del importe de la sanción, que actualmente asciende a un mínimo de 160 € por donante.
Para evitar esta situación, te recomendamos que nos facilites los datos fiscales antes del 15 de enero del año siguiente.
¿Cómo aparece la desgravación en la declaración de la renta?
Al consultar el borrador de tu declaración de la renta, podrás comprobar que tus donaciones aparecen en el apartado de deducciones por donativos.
En la campaña actual, esta información figura en la casilla 723 del Anexo A.2, donde se refleja el importe de la deducción correspondiente a la suma de todas las donaciones realizadas a fundaciones y ONG durante el ejercicio fiscal.
Si el importe no aparece o detectas algún error, ponte en contacto con nosotros para que podamos revisarlo y ayudarte a solucionarlo.
Si necesito un certificado fiscal, ¿Cómo puedo solicitarlo?
No es necesario disponer de un certificado fiscal para beneficiarse de la deducción por tus donaciones, ya que nosotros comunicamos la información directamente a la Agencia Tributaria.
No obstante, si deseas disponer de un certificado como justificante de tus donaciones, solicítalo aquí.
SI ERES UNA EMPRESA
Si eres una persona jurídica, el porcentaje de deducción del Impuesto sobre Sociedades es del 40%, ya sea de las cuotas periódicas o de los donativos puntuales.
Además, si durante los dos períodos impositivos anteriores has realizado donaciones a nuestra asociación por un importe igual o superior al del ejercicio precedente, el porcentaje de deducción se incrementará hasta el 50%.
Deducciones aplicables conforme a los artículos 19 y 20 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, en su redacción vigente.
